¿Puede afectar la transferencia de tecnología al pago de tasas de patentes en España?
Con el fin de fomentar la explotación de las patentes, la ley española de patentes permite a los titulares de patentes y modelos de utilidad su ofrecimiento mediante las Licencias de Pleno Derecho para beneficiarse en las condiciones de pago de las tasas de mantenimiento. En concreto, el art. 81.1 de la Ley 11/1986 de Patentes establece que «si el titular de la patente hace un ofrecimiento de licencias de pleno derecho, declarando por escrito a la Oficina Española de Patentes y Marcas que está dispuesto a autorizar la utilización de la invención a cualquier interesado, en calidad de licenciatario, se reducirá a la mitad el importe de las tasas anuales que devengue la patente después de recibida la declaración». De esta manera, aquellas patentes en las que la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha admitido un Ofrecimiento de Licencia de Pleno Derecho gozan de un descuento en la tasa de mantenimiento del 50%. Además, estas patentes recibirán publicidad por parte de la OEPM, que se concreta en la publicación en la página web de las patentes y modelos de utilidad con ofrecimientos de licencias de pleno derecho.