Se Modificó las condiciones previamente establecidas para la consignación tardía de documentos para patentes en Venezuela
El Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual de Venezuela (SAPI), mediante el Boletín de la Propiedad Industrial No. 555 de fecha 26 de marzo de 2015, en vigencia a partir del 6 de abril de 2015, emitió Aviso Oficial notificando los requisitos mínimos para proceder con la presentación de las solicitudes de patentes por ante dicha Oficina.
Dicho aviso fue emitido con el fin de aclarar el aviso emitido mediante el Boletín de la Propiedad Industrial No. 515 de fecha 01 de octubre de 2010, con el cual se exigía la presentación de los documentos: Poder, Declaración de Inventores y Documento de Prioridad, y por ende eliminaba la presentación tardía de los mencionados documentos.
En consecuencia, se puede proceder a presentar las solicitudes de patentes sin los siguientes documentos:
– Poder del Solicitante debidamente notariado y legalizado por ante el Consulado de Venezuela en su país o mediante Apostilla;
– Copia Certificada de la Cesión de los Inventores o Documento de Declaración de Inventores con
traspaso debidamente notariado y legalizado por ante el
Consulado de Venezuela en su país o mediante Apostilla; y
– Copia Certificada del Documento de Prioridad legalizado por ante el Consulado de Venezuela en
su país o mediante Apostilla, en el caso que se reivindique.
En este sentido, el tiempo de presentación de dichos documentos es:
(a) Documento Poder y Declaración de Inventores con traspaso, notariados y legalizados con el sello de la Apostilla o por el Consulado de Venezuela: Más tardar con la correspondiente respuesta a la Acción Oficial, la cual puede ser emitida dentro de 4-6 meses contados desde la fecha de presentación. Se tendrá un periodo de treinta (30) días hábiles para contestar dicha Acción Oficial.
(b) Documento de Prioridad debidamente legalizado con el sello de la Apostille o por el Consulado de Venezuela: De acuerdo con el Convenio de Paris, el mismo deberá ser presentado dentro de los tres (3) meses contados a partir de la fecha de presentación en Venezuela.