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¿Cómo afecta la reforma a la Ley Federal Del Trabajo en Materia de Teletrabajo en la protección de los secretos industriales? 

  • 01 marzo 2021
  • Novedades Legislativas

El pasado 9 de diciembre fue enviado para aprobación al Ejecutivo Federal el Decreto por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo. 

Los principales cambios que trae consigo la reforma son: 

  • La modalidad del “teletrabajo” se basa en el uso de las tecnologías para la coordinación y supervisión de los trabajadores.  
  • Es obligación del empleador proveer los medios, recursos, mobiliario y herramientas tecnológicas para que los trabajadores bajo la modalidad de “teletrabajo” puedan cumplir con sus obligaciones.  
  • Es obligación del empleador registrar las condiciones laborales de los trabajadores bajo esta modalidad y que cada uno de ellos cuente con un contrato.  
  • Así también, todos los reglamentos internos y políticas en materia laboral deberán incluir las condiciones para los trabajadores bajo esta modalidad.   
  • Por último, los trabajadores bajo esta modalidad tendrán la obligación de cuidar los recursos proporcionados para realizar sus labores, respetar los reglamentos y políticas de la empresa. 

Como se mencionó en el listado anterior, las reformas incluyen términos de uso de tecnología, especificaciones en los contratos de trabajo, y hasta obligaciones por parte de los trabajadores de cuidar los recursos proporcionados por la empresa. Es importante resaltar que estos recursos pueden ser tangibles e intangibles.  

Es decir, ¿las patentes, los secretos industriales y los activos de propiedad intelectual de una empresa, se podrían ver afectados por el teletrabajo?  

Si los trabajadores manejan información confidencial de la empresa, como los secretos industriales, es imprescindible que las empresas cuenten con políticas de confidencialidad y cláusulas especiales en los contratos con sus colaboradores. En la última reforma a la Ley de Protección a la Propiedad Industrial, se añadieron sanciones a quienes eludan una medida tecnológica de protección efectiva que controle el acceso a una obra; supriman o alteren la información sobre la gestión de derechos; compartan información sobre la gestión de derechos sabiendo que esa información ha sido suprimida o modificada sin autorización; produzcan, publiquen, editen o pongan a disposición del público copias de obras, interpretaciones o fonogramas, sabiendo que la información sobre la gestión de derechos ha sido suprimida o modificada sin autorización. 

Es por lo anteriormente mencionado, que resulta relevante que las empresas y organizaciones implementen medidas preventivas y de control, con el fin de proteger su información y sus activos intangibles. En ClarkeModet México, recomendamos implementar las siguientes acciones estratégicas:  

  • Realizar un due dilligence para identificar riesgos de fuga de información o mal uso de recursos intangibles de la empresa, considerando el nuevo modelo de teletrabajo.  
  • Capacitar a todo el personal sobre sus responsabilidades con respecto al resguardo de los recursos intangibles de la empresa, así como las consecuencias civiles y penales, que el incumplimiento puede concatenar hacia ellos y la empresa.  
  • Implementar cláusulas o acuerdos de confidencialidad en los contratos de trabajo, que incluyan la no divulgación del secreto empresarial con terceros.  
  • Implementar soluciones tecnológicas necesarias con el fin de lograr tener trazabilidad del acceso físico y electrónico a la información de la empresa.  
  • Implementar auditorías periódicas respecto a la protección de secretos industriales.  

Vale la pena resaltar que la estrategia y medidas a implementar puede variar dependiendo de cada organización y el tipo de activos intangibles que pretendan proteger.  

En ClarkeModet México asesoramos y acompañamos a las empresas en la implementación y diseño de la estrategia de prevención y protección de secretos industriales, que considere los riesgos asociados a la industria y modelo de negocio de cada organización, así como la nueva normalidad y el uso intensivo de las tecnologías y las telecomunicaciones.  

Si desea más información al respecto, por favor contáctenos al mail marketing@clarkemodet.com.mx y uno de nuestros expertos se pondrá en comunicación con usted. 

Normativa aplicable: 

  • Ley Federal del Trabajo en materia de teletrabajo. 
  • Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial  
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