¿Cómo pueden aprovechar las startups y los emprendimientos los beneficios del TMEC?
Las empresas frente al escenario del TMEC deben de priorizar la apuesta por la implementación tecnológica y plataformas e-commerce, invertir en productos de mayor valor agregado, mejorar procesos industriales e invertir en automatización, así como desarrollar una estrategia de explotación de sus activos intangibles o de propiedad intelectual.
Incluso el T-MEC podría impulsar la relocalización de empresas de manufactura de Asia a México para aprovechar la entrada al mercado de América del Norte, lo que significa una gran oportunidad para los emprendedores.
Es importante resaltar que la firma del TMEC representa el acceso a un mercado de exportaciones a Estados Unidos y Canadá, los cuales generan más del 35% del Producto Bruto Interno (PIB). Y en este sentido, esto representa una oportunidad para los emprendimientos mexicanos.
Entre los beneficios principales que el TMEC ofrece a los emprendimientos se encuentran:
- Los procedimientos de origen.
- Las contrataciones públicas.
- El comercio transfronterizo de servicios.
- El comercio digital
- Derechos de propiedad intelectual
- Mayor acceso a cadenas de suministro
- Impulso a la industria automotriz.
Finalmente, a partir del 1ro de julio, México implementó una serie de canales de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, entre los que se encuentran:
- El comité de asuntos de pymes: el cual será conformado por representantes gubernamentales de cada país. De acuerdo a las obligaciones derivadas de la firma del T-MEC, México se obliga a identificar mecanismos nuevos de apoyo a as PYMES a través de capacitación, generación de alianzas con socios comerciales de Estados Unidos y Canadá, y oportunidades de financiamiento.
Además, anualmente el comité deberá realizar un diálogo trilateral sobre pymes, para identificar sus necesidades.
- Plataforma MiPymeMx: En el T-MEC se incluyó como condición que los países miembros desarrollaran una plataforma digital la cual incluye toda la información requerida para establecer una empresa en México, así como recursos de apoyo y market place de encuentro con potenciales clientes.
- En cuanto a la solución de controversias, se establece que ninguna de las partes podrá recurrir a lo previsto en el Capítulo 31 del T-MEC. Si una controversia relativa a un asunto surge conforme a este Tratado y conforme a otro acuerdo comercial internacional del que las Partes contendientes son parte, incluido el Acuerdo sobre la OMC, la Parte reclamante podrá elegir el foro en el cual solucionar la controversia. Una vez que una Parte reclamante haya solicitado el establecimiento de, o haya referido un asunto a, un panel conforme a este Capítulo u otro panel o tribunal conforme a un acuerdo referido en el párrafo 1, el foro seleccionado será utilizado con exclusión de los otros foros.
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