Con fecha 1 de mayo de 2019, entra en vigor el Reglamento de Ejecución de la Ley de Marcas, que fue aprobado por el Consejo de Ministros por Real Decreto el pasado 26 de abril. El Real Decreto recoge algunos aspectos procedimentales y plazos para la ejecución de la nueva Ley de Marcas.
La principal novedad es que, a partir de este 1 de mayo, ya se podrán solicitar pruebas de uso a los titulares de las marcas anteriores con más de cinco años de antigüedad que se opongan a una solicitud. Se introducen, además, diversos aspectos procedimentales en relación con este procedimiento.
El Real Decreto también aborda el Régimen transitorio de los procedimientos administrativos de nulidad y caducidad, que pasan a ser competencia directa de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), confirmándose la entrada en vigor de esta medida para el 14 de enero de 2023.
Puedes acceder a la publicación completa del Real Decreto en este enlace.