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España necesita el Patent Box

  • 24 febrero 2013
  • Artículos

Según un reciente estudio del Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), en España el 64% de las empresas opta por las deducciones fiscales para financiar sus actividades de I+D+i, y un 47% de las empresas asocia un incremento de la actividad innovadora gracias a la aplicación de este incentivo.

Según un reciente estudio del Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), en España el 64% de las empresas opta por las deducciones fiscales para financiar sus actividades de I+D+i, y un 47% de las empresas asocia un incremento de la actividad innovadora gracias a la aplicación de este incentivo.

Sin embargo, la crisis económica ha motivado una disminución de las ayudas públicas directas, haciendo que las ayudas indirectas adquieran un enorme protagonismo. Entre estas ayudas está cobrando especial protagonismo el incentivo a la explotación de activos intangibles conocido como “Patent Box”.

Esta medida, que entró en vigor en España el 1 de enero de 2008, tiene como objeto fomentar la creación, protección y, sobre todo, la explotación de aquellos activos intangibles que supongan una innovación para la empresa, incluyendo patentes y modelos de utilidad, diseños o Know How técnico y comercial.

La aplicación del Patent Box contempla una minoración de la base imponible por el importe del 50% de los ingresos brutos derivados de la cesión de uso de estos activos intangibles, hasta un límite de 6 veces el coste de generación de los activos intangibles.

Esto supone un incentivo muy cuantioso para las empresas, que pueden alcanzar un grado de financiación con fondos públicos de hasta el 90% del coste de generación de su producto o servicio innovador, siempre que éste sea explotado efectivamente.

Sin embargo, a pesar del elevado potencial de ahorro, su aplicación ha generado inicialmente importantes dudas de interpretación, ante la diversidad de la casuística empresarial existente en nuestro país, lo que ha hecho que pocas empresas se estén beneficiando de él en la actualidad.

Ante esta situación se han promovido varias iniciativas desde el año 2010, entre las que cabe destacar:

1. La constitución de un grupo de trabajo en el MINECO para estudiar la adopción de medidas legislativas necesarias para regular un sistema a través del cual sea posible la obtención de informes motivados que certifiquen la actividad de explotación del intangible

2.La normalización del proceso de transferencia de tecnología, que ha dado lugar a la Norma UNE 166008 recientemente publicada y presentada por AENOR. La UNE 166008 es una norma de ámbito español que proporciona un modelo para llevar a la práctica la transferencia de tecnología, describiendo cómo identificar o proteger los activos intangibles innovadores, determinar su valor razonable y formalizar el proceso de transmisión o licencia.

El Patent Box a Nivel Internacional

España no está sola en la implantación de un sistema Patent Box. Existen en la actualidad 8 países en el mundo con sistemas de incentivos fiscales que favorecen la comercialización de los resultados de la innovación: Bélgica, China, España, Francia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo y Suiza.

Irlanda fue el primer país en desarrollar un Patent Box en 1973, pero las demás naciones han adoptado estos sistemas recientemente, principalmente a partir de 2005.

En 2013 se unirá un nuevo país al grupo, Reino Unido, donde entrará en vigor la política Patent Box en marzo de este año.

En todos los casos, las políticas de Patent Box permiten tributar con una tasa impositiva menor a aquellos beneficios procedentes de la explotación de activos innovadores.

Se diferencia por lo tanto de otras políticas fiscales a la I+D+i como son las deducciones en que no fomentan tanto la realización de actividades de I+D+i como la comercialización de la innovación propiamente dicha.

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