En diversas ocasiones, el INPI de Argentina ha dictado resoluciones destinadas a acelerar el trámite de las solicitudes de patente. Ese fue el propósito de la R 264/2003 que durante un tiempo permitió a los solicitantes intercambiar el orden cronológico de los exámenes de fondo entre dos solicitudes presentadas por el mismo solicitante en una misma subclase.
De este modo, era posible solicitar el tratamiento prioritario para un caso más reciente, pero de interés particular para el solicitante, a cambio de otro más antiguo pero no tan urgente.
Unos años después, la resolución R. 350/2006 estableció un sistema similar, que estuvo vigente durante 120 días.
Recién con la implementación de la resolución R 029/2000 el INPI abrió una nueva oportunidad de acelerar los trámites.
Bajo su vigencia, el INPI consideraría como cumplidos los requisitos de búsqueda internacional de todas las solicitudes de patente presentadas en virtud de la Ley 24.481 que invocaran prioridad bajo el Art. 4.A.1 del Convenio de París, si la solicitud invocada como prioridad había sido concedida, siempre que la concesión incluyera la aprobación de los requisitos de patentabilidad: novedad absoluta, actividad inventiva y aplicación industrial.
Luego de la R 29/2000 vinieron las resoluciones R 263/2003 y R 125/2009, cuyo contenido era básicamente el mismo que la anterior, y que en la actualidad siguen siendo aplicadas por el INPI como recurso para acelerar la tramitación de patentes en cualquier campo técnico.
Cuando el solicitante recibe una invitación del INPI para acogerse a estas resoluciones, se le permite reemplazar el juego reivindicatorio en trámite por las reivindicaciones de la solicitud equivalente concedida, con algunos ajustes formales de acuerdo con las reglas locales.
Básicamente, los cambios consisten en que sólo se permite una reivindicación independiente, la reivindicación 1, de modo que cualquier otra cláusula independiente debe subordinarse a ésta directa o indirectamente.
Si el solicitante desea mantener otras reivindicaciones independientes, puede optar por la presentación de solicitudes divisionales.
La ventaja de acogerse a estas resoluciones es que se reducen los plazos del examen de fondo, ya que el examinador sólo efectuará la búsqueda en las bases de datos locales.
Si, por el contrario, el solicitante decide mantener el juego reivindicatorio en trámite, el examen de fondo incluirá la búsqueda internacional.