En una sociedad crecientemente globalizada, en la cual resulta cada vez más difícil diferenciar productos y servicios, las empresas buscan, cada vez más, ideas y experiencias de otras organizaciones para conseguir ser más competitivas y disruptivas en su segmento de mercado.
Al mismo tiempo, la proliferación de nuevos agentes y mercados hace que sea necesario encontrar vías alternativas de acceso al mercado mediante alianzas con terceros que permitan acelerar la adopción de nuevas tecnologías.
Así, este proceso de trabajo, conocido como el sistema de Innovación Abierta (Open Innovation, en inglés), busca fomentar la colaboración entre empresas y otras entidades de I+D+i, ya sean centros públicos, universidades u otras organizaciones empresariales.
La Innovación Abierta es considerada actualmente, por los expertos en innovación, como la fórmula ideal para crecer e internacionalizarse rápidamente. Las razones para adoptar estos procesos de trabajo pueden ser distintas y/o complementarias, pero en su génesis responden a motivos estratégicos, comerciales, financieros o tecnológicos, apalancándose las organizaciones en las capacidades de socios tecnológicos o comerciales para el desarrollo de nuevas soluciones.
En este contexto, los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual (PII) asumen un papel importante, ya que la base de estas colaboraciones son el conocimiento y las capacidades desarrollados en el seno de cada una de las entidades que participan.
La colaboración efectiva entre distintas organizaciones requiere una delimitación y protección efectiva de los activos intangibles aportados por cada una de ellas, estableciendo unas “reglas de juego” claras y equitativas en sus relaciones a largo plazo.
Por lo tanto, el uso adecuado de la PII permitirá la generación de nuevos modelos de entrada en el mercado/innovación la protección de activos conjuntos, la concesión de licencias uso o la generación de alianzas estratégicas, siendo por ello uno de los puntos clave de la Innovación Abierta.
Sin embargo, este proceso de transferencia del conocimiento al mercado, que puede parecer sencillo, resulta de una gran complejidad, especialmente para organizaciones como las OTRIS (Oficinas de Transferencias de Resultados de Investigación) que, con un equipo reducido, intentan comercializar tecnologías, en muchos casos disruptivas y que, por lo tanto, requieren un esfuerzo, desarrollo, tiempo e inversión considerables.
También resulta muy complejo para las PYMES, que no tienen los recursos necesarios para llegar a la escala internacional en las oportunidades y posibilidades de negocio existentes.
España intenta solucionar este problema y acaba de presentar al mercado, aunque en una versión embrionaria, una plataforma denominada SUNN (Start Up Neural Network), que llegará a principios del próximo año. Es un sistema basado en un modelo de Israel, ya testado por los Estados Unidos y Singapur, apoyado por Madrid Network y el Ministerio de Economía y Competitividad español. Bautizado por los expertos de la innovación como el LindedIn Tecnológico, consiste en una red en la “Cloud”, diferenciando los ecosistemas de la innovación (oferentes) de las industrias (demandante) y conectándoles a través de mapas de innovación.
Los ecosistemas, o repositorios de la innovación, conjugan patentes, grupos de investigación, spin-offs y start-ups a lo largo y ancho de los mercados internacionales.
Se desarrollan en células de innovación (Icells) y Key Enabler Technologies (KET’s) para que cualquier compañía pueda ofrecer y encontrar las soluciones tecnológicas que necesita su negocio, así como fuentes de financiación para su desarrollo.
El Disruptive Universe presentará los resultados obtenidos y las tendencias de la innovación entre las células de innovación. Esta solución pretende conseguir un alcance global, disponiendo ya de 2000 start-ups disruptivas, 500 grupos de investigación, 5.000 empresas demandantes de innovación y 200 fondos de capital riesgo.
Cualquier organización, para poder descubrir este nuevo océano de posibilidades en la “cloud” y participar en el “juego”, solo necesita registrarse en la plataforma (www.sunn4i.com).
Sin embargo, para que el resultado de este nuevo LinkedIn Tecnológico conduzca a un incremento en los procesos colaborativos, es imprescindible también que las organizaciones comprendan la importancia de definir una estrategia de PII, desde la creación o diseño de los activos intangibles hasta su explotación y defensa. Sólo así podrán emprender estas nuevas relaciones con seguridad y claridad y obtener los máximos beneficios de las mismas.
Quedamos a la espera de que el SUNN presente también una gestión efectiva de los derechos de PII de los innovadores, con iniciativas concretas.