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Inteligencia Artificial y Derechos de Autor

  • 14 noviembre 2017
  • Artículos

La Inteligencia Artificial (IA) es ya una realidad entre nosotros, y la podemos encontrar no solo en robots, sino también en vehículos autónomos, aplicaciones de ciberseguridad, asistentes personales inteligentes, traductores, algoritmos de recomendaciones en tiendas electrónicas y recomendaciones de contenido de video o de redes sociales, entre muchas otras áreas

La Inteligencia Artificial (IA) es ya una realidad entre nosotros, y la podemos encontrar no solo en robots, sino también en vehículos autónomos, aplicaciones de ciberseguridad, asistentes personales inteligentes, traductores, algoritmos de recomendaciones en tiendas electrónicas y recomendaciones de contenido de video o de redes sociales, entre muchas otras áreas.

Un rubro poco conocido de la inteligencia artificial es el área creativa, la cual incluye algunas máquinas o computadoras capaces de crear obras que los expertos todavía debaten si se tratan de arte o no.

The Next Rembrandt es un cuadro generado por una computadora que estudió cientos de obras del pintor neerlandés Rembrandt para aprender su estilo de pintura. La pintura resultante es un retrato que para el ojo no entrenado parecería haber sido hecho por el mismo Rembrandt.
Inteligencia Artificial y Derechos de Autor
El Siguiente Rembrandt

Fuente de la imagen: https://www.flickr.com/photos/inggroup/25681989673

Por otro lado, existen Inteligencias Artificiales capaces de crear música, tal como Jukedeck. Solo basta con que el usuario introduzca ciertos parámetros en su página de internet, tales como un género musical, un humor o mood, y la duración de la melodía, y la Inteligencia Artificial se encarga de componer música totalmente original, melodiosa, y con una licencia de uso libre de regalías.

La creación de estas obras nos conlleva a las siguientes preguntas: ¿A quién le pertenecen los derechos de autor de las obras? ¿Las creaciones de una Inteligencia Artificial pueden ser consideradas arte?

Existen algunos países en donde está claramente definido a quienes les pertenecen los derechos de autor de estas obras, tales como Reino Unido. En este país está estipulado que los derechos de autor pertenecen a la persona que realizó los arreglos necesarios para llevar a cabo la obra. Otros países que han adoptado la misma postura que Reino Unido son Nueva Zelanda, Irlanda y Sudáfrica.

En contraparte, tenemos países como España, Colombia, Brasil, México o Australia, en donde el concepto de derecho de autor está ligado a una persona, lo que dificulta la protección por derechos de autor de este tipo de obras.

Adicionalmente, existen países como EUA, en donde existen posturas encontradas y no hay una legislación clara respecto al tema.

Finalmente, nos podemos plantear si la creación de una Inteligencia Artificial puede ser siquiera considerada arte, ya que el arte es una representación de un sentimiento o emoción humana, las cuales, por definición, carecen las Inteligencias Artificiales.

Las legislaciones de cada país han sido claramente rebasadas por la rápida evolución de las tecnologías emergentes, y estas deben evolucionar para no frenar el avance de estas tecnologías y el desarrollo económico y social de la humanidad.

¿Llegará el momento en que la Inteligencia Artificial iguale o supere a la del hombre?

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