Las Licencias Obligatorias son una medida prevista por la Ley de Propiedad Industrial Brasileña No. 9.279/96 (LPI), cuyo fin es evitar los abusos que podrían resultar del ejercicio del derecho conferido por la patente.
En los términos del artículo 41 de la LPI, el objetivo de la protección conferida por la patente será determinado a tenor de las reivindicaciones, interpretado como base en la descripción y en los dibujos. Una patente concede a su titular el derecho de impedir a terceros la producción, uso, comercialización o importación sin previo consentimiento de un producto, proceso o un producto obtenido directamente a través de un proceso patentado.
El propietario puede explotar y comercializar su patente a través de la producción y venta del objeto de la patente, individualmente o en sociedad.
Sin embargo, para evitar cualquier tipo de abuso en el ejercicio del derecho conferido por la patente, la LPI prevé en los artículos 68-74, la concesión de las Licencias Obligatorias, que son posibles en los siguientes casos: 1. Insuficiencia de explotación (art. 68 § 1º, apartado I), 2. Ejercicio abusivo (art. 68 § 1º, apartado II), 3. Abuso de poder económico (art. 68 § 3), 4. Dependencia de una patente en relación a otra (art.70 – cuando la patente cuya explotación depende necesariamente de la utilización del objeto de una patente anterior) y 5. Interés público o emergencia nacional (art. 71).
La Licencia Obligatoria no puede ser concedida si, en el momento de la solicitud de la licencia, el titular: (Art. 69 de la LPI)
i) Justifica el desuso por razones legítimas;
ii) Comprueba la realización de serios y efectivos preparativos para la exploración del objeto de la patente;
iii) Justifica la falta de comercialización o fabricación por obstáculos jurídicos.
Todas las medidas de protección arriba mencionadas, así como la caducidad, tienen como objetivo la explotación efectiva del invento en el país, ya sea por el propietario o terceros, legalmente licenciados, de modo que el privilegio concedido ofrezca beneficios a la sociedad y no sea usado sencillamente como una medida de abuso de poder.
La Licencia Obligatoria no es una medida común en Brasil puesto que conocemos tan sólo dos casos: el primero es el KALETRA del Laboratorio Abbott; y en 2007, el presidente brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva concedió una Licencia Obligatoria para producir a bajo coste la versión genérica del EFAVIRENZ, un anti-retroviral de Merck (medicamento de «interés público»). Esta medida fue erróneamente llamada por la prensa brasileña de «fractura de patente».
Para concluir, es importante resaltar algunos aspectos relacionados a las Licencias Obligatorias:
i) Son siempre no-exclusivas y la sub-licencia no está permitida;
ii) Se suele pagar una remuneración al titular de la patente; y
iii) Los Reglamentos de la Organización Mundial de Comercio así como las disposiciones de nuestra legislación de Propiedad Intelectual, permiten al gobierno brasileño, en casos de «emergencia nacional», conceder Licencias Obligatorias.