Es un hecho que buena parte de los procedimientos inter partes de la OAMI se resuelven por medio de un acuerdo amistoso entre las partes. Así existe un periodo de dos meses (cooling-off), ampliable de común acuerdo entre las partes por otros veintidós, en los procedimientos de oposición. Y en todos, cabe la posibilidad de suspenderlos para explorar una vía amistosa que evite gastos y tiempo valioso a las partes.
Cuando esta posibilidad falla o no se ha explorado lo suficiente, es habitual que, tras una decisión desfavorable, una de las partes recurra.
Es en el procedimiento de Recurso donde la OAMI ha implementado un proceso de mediación que ayude a las partes a llegar un acuerdo.
La solicitud de mediación debe realizarse de común acuerdo y en la misma deberá incluirse una solicitud de suspensión del procedimiento, y a ser posible, designar conjuntamente un mediador de la lista que publica la propia OAMI en su página web.
Este mediador, que no podrá tener interés alguno ni haber intervenido en la decisión recurrida, podrá reunirse con las partes y teniendo en cuenta sus intereses, emitir una conclusión y propuesta de acuerdo por escrito.
La intervención del mediador se puede resumir en las siguientes fases:
la declaración de apertura;
el resumen de los hechos y del intercambio de opiniones;
la búsqueda de los intereses de las empresas;
la selección y la evaluación de las posibles soluciones;
la conclusión a través de un acuerdo escrito.
La propuesta final podrá admitirse o ser rechazada por las partes, y en ningún caso el mediador o la OAMI serán responsables de la legalidad o el incumplimiento de la misma.
También cabe la posibilidad de que el mediador emita un informe donde conste que a pesar de los esfuerzos realizados, ha sido imposible poner a las partes de acuerdo y que se deberá reanudar el procedimiento de recurso.
La solicitud de mediación no conlleva tasa y cada parte, salvo acuerdo que exprese algo distinto, asumirá sus propios gastos.