El pasado 5 de diciembre se publicó la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (ver enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/06/pdfs/BOE-A-2018-16673.pdf)
La LOPDGDD entró en vigor el día 6 de Diciembre. Esta nueva Ley Orgánica traslada a nuestro ordenamiento el Reglamento General de Protección de Datos, aclarando algunas cuestiones que el RGPD dejaba abiertas a la decisión de cada Estado miembro, como la edad de los menores a efectos del consentimiento o los supuestos concretos en los que resulta obligatorio contar con un Delegado de Protección de Datos.
Sin embargo, una de las novedades principales es la incorporación de un nuevo Título “Garantía de Derechos Digitales” que exige a las empresas adaptar estas novedades a su funcionamiento, siendo particularmente relevante los aspectos relativos a la Desconexión Digital Laboral (artículo 88) y el Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral (artículo 87).
Si necesita información sobre cómo adaptar su empresa a estas novedades, o requiere de asesoramiento en cualquier aspecto del RGPD o de la LOPGDD, no dude en ponerse en contacto con nosotros.