Vía La Tercera
Con cambios que recuperan la versión original del escrito, el reglamento de la Ley de Etiquetado de Alimentos fue visado ayer por la Contraloría y quedó en condiciones de ser publicada mañana en el Diario Oficial. Esto, permitirá la vigencia a contar de junio de 2016 de la norma, que persigue advertir sobre el consumo de productos considerados poco saludables.
El nuevo reglamento -que hará operativa la Ley aprobada en 2012- fue elaborado originalmente por las anteriores autoridades del Ministerio de Salud, que resolvieron incorporar en los envases de los productos la advertencia “Alto en” azúcar, sodio, calorías o grasas saturadas. Sin embargo, la actual administración decidió corregirla, modificando este rótulo a “Exceso de” los nutrientes críticos que correspondieran, tras realizar una consulta pública y recabar la opinión de expertos.
Esta modificación, que fue reñida por la industria de alimentos, fue rechazada por la Contraloría, lo que obligó al Minsal a retornar a la leyenda original, inserta en un octágono, similar a un signo “Pare”, con fondo negro.
“A partir del análisis jurídico realizado por Contraloría, el reglamento incorporó el mensaje de advertencia ‘Alto en’, en lugar del ‘Exceso de’, que había sido sugerido. Más allá de este cambio, lo importante es que Chile contará con un reglamento que obliga a la industria a rotular de manera clara, nítida y categórica cuando un alimento contiene exceso de algún nutriente que no es saludable”, dijo la ministra de Salud, Carmen Castillo, quien agregó que la norma impedirá “seguir disfrazando a los alimentos como saludables, cuando en realidad no lo son. Lo que esperamos que ocurra desde su entrada en vigencia, es que la industria comience a adecuarse a esta legislación”.
La Asociación de Alimentos y Bebidas de Chile (AB Chile), se manifestó conforme por los cambios en la advertencia. Sin embargo, el presidente del gremio, Rodrigo Álvarez, dijo que persisten problemas de fondo y forma en la norma, entre estos, que los límites para determinar cuándo un producto está excedido en nutrientes críticos se definió por 100 gramos “y no por porción, que es lo que una persona efectivamente consume”. Álvarez, agregó que el reglamento tiene “problemas en materias de marcas, temas internacionales, poca claridad en la aplicación e implementación de algunos conceptos y su fiscalización práctica”.
Con la norma en curso, los alimentos que excedan los límites de azúcar, sodio, grasas saturadas y calorías deberán ser rotulados como “Altos en” los nutrientes críticos que corresponda y no podrán venderse en los colegios. Además, se les prohíbe utilizar “ganchos” comerciales -como juguetes o regalos- dirigidos a los menores de 14 años.