El pasado 18 de noviembre de 2014, el Abogado General Yves Bot presentó sus conclusiones ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre los recursos de anulación interpuestos por España, en relación con el Reglamento (UE) 1257/2012 relativo a la creación de una protección unitaria mediante patente, y el Reglamento (UE) 1260/2012 que regula las disposiciones sobre traducción.
En lo que se refiere al Reglamento (UE) 1257/2012, relativo a la creación de una protección unitaria mediante patente, el Abogado General señala que el Reglamento se limita a atribuir a las patentes europeas una cualidad adicional que es “el efecto unitario”. La protección unitaria aporta una ventaja y queda garantizada.
Igualmente considera que el contenido del Acuerdo sobre un Tribunal Unificado no vulnera las competencias de la Unión, motivo que es contrario al argumento defendido por España.
Con respecto al Reglamento (UE) 1260/2012, sobre el régimen lingüístico, el Abogado General a pesar de reconocer su efecto discriminatorio con respecto a las personas que desconocen las lenguas oficiales de la Oficina Europea de Patentes (inglés, francés, y alemán), estima que cumple con el objetivo de reducción de costes de traducción.
Aunque dicha Opinión no es vinculante, en la mayoría de los casos se suele tomar en consideración.
Próximamente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitirá Sentencia sobre dicho asunto.