Pisco es una de las denominaciones de origen más importantes en Perú y su protección es responsabilidad del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (en adelante “Indecopi”). En tal sentido, el Indecopi es la entidad pública encargada de autorizar y registrar las denominaciones de origen en Perú, así como de sancionar de oficio o a pedido de parte las infracciones que sobre ella se puedan cometer.
Debido a la importancia de esta denominación de origen para el Perú, en el año 2011, el Indecopi autorizó a la Asociación Nacional de Productores de Pisco a funcionar como Consejo Regulador para que administre la Denominación de Origen Pisco.
Así, el Consejo Regulador cuenta principalmente con las siguientes facultades: (i) orientar, vigilar y controlar la producción y comercialización de productos que ostenten la Denominación de Origen Pisco; (ii) actuar con facultades de representación de los intereses generales de la Denominación de Origen Pisco; (iii) establecer y aplicar sanción es a sus asociados por incumplimiento de su estatuto; entre otras.
Posteriormente, en el año 2011, el Indecopi aprobó el Reglamento de la Denominación de Origen Pisco. Mediante dicho reglamento, se ampliaron las facultades otorgadas al Consejo Regulador, destacando entre ellas las siguientes: (i) otorgar a los productores constancias relativas a la naturaleza y calidad de los productos específicos de Pisco; y, (ii) otorgar a los productores el emblema que identifica al Consejo Regulador como administrador de la Denominación de Origen Pisco, para que sea impreso en los envases en los que se comercialice productos amparados con dicha denominación de origen.
Cabe señalar que en la actualidad, ambos procedimientos no están funcionando debido a los constantes desacuerdos entre el Indecopi y el Consejo Regulador. El desacuerdo gira en relación al cobro que pretende realizar el Consejo Regulador por los derechos que se tramitarían ante ellos.
Como señalamos, el Consejo Regulador es una Asociación, es decir, es una Persona Jurídica de derecho privado, por lo que el Indecopi considera que no se encontraría facultada de realizar cobros por los trámites que ante ella, los administrados se encontrarían obligados a realizar.
Por ello, pese a la aprobación del reglamento de la Denominación de Origen Pisco, la mayor cantidad de facultades en relación a dicha denominación aún se encuentran concentradas en el Indecopi. Siendo que el Consejo regulador ha quedado relegado a realizar meras funciones de vigilancia y fiscalización.
Es de precisar que el objetivo principal de la creación del Consejo Regulador fue desconcentrar las facultades que posee el Indecopi y permitir la autorregulación sobre la protección de la Denominación de Origen Pisco en manos de los propios productores. Como podemos apreciar este objetivo aún se encuentra a medio camino.
Si bien aún nos encontramos en este proceso, es de destacar el trabajo conjunto de ambas instituciones vienen realizando, el cual ha permitido la ubicación y posterior sanción de falsificadores de la Denominación de Origen Pisco, uno de los grandes males contra los cuales el Indecopi y los productores luchan. En tal sentido, ambas instituciones se encuentran trabajando para terminar con sus desavenencias y empoderar al Consejo Regulador en beneficio de los productores y consumidores.