La ley de Propiedad Industrial 9279/96, en su artículo 95, considera al Diseño Industrial como toda forma plástica ornamental de un objeto o del conjunto ornamental de líneas y colores que se puedan aplicar a un producto, proporcionando un nuevo y único resultado visual en su configuración externa y que pueda servir de tipo de fabricación industrial.
Dado que, por definición de la ley, no existe ningún impedimento legal explícito para la protección de partes de un objeto, como el diseño industrial, dicho beneficio se puede adquirir en casos específicos. En principio, la ley brasileña permite la protección de los desmontables y/o componentes de un objeto, siempre que se cumplan los requisitos legales: novedad, originalidad y aplicación industrial.
En tales situaciones, el registro se hace posible porque la forma presentada está completamente definida y acabada. No sucede lo mismo con las partes de objetos que no son desmontables del cuerpo principal del objeto, ya que se aplican sólo en la línea de montaje industrial durante el proceso de fabricación de productos sin interrupciones, sin poder ser vendidos por separado.
De acuerdo con el entendimiento del INPI (Instituto Nacional de Propriedad Intelectual), para ser considerada parte desmontable y por lo tanto, pasible de protección como diseño industrial, tal parte deberá ser fabricada y vendida por separado, no siendo una parte integrante del proceso industrial del producto principal y, siendo también posible, su aplicación fuera de la línea de montaje del objeto principal.
Del mismo modo, una parte componente también será pasible de protección como diseño industrial si, aparte del hecho de ser fabricado y comercializado por separado, también tiene características claramente observadas durante su montaje y visibles durante la utilización normal del producto principal.
La jurisprudencia muestra que este tema es muy controvertido, y es necesario analizar caso a caso. En los más complejos, el INPI aplicará un análisis práctico para decidir si la concesión del registro del diseño industrial se justifica de acuerdo con los parámetros legales.
Por lo tanto, algunos de los criterios nos permiten evaluar la posibilidad de protección de este tipo de objeto. Así, la protección de partes, sean partes de ellas desmontables y/o componentes de un objeto, serán admitidas en Brasil, siempre que dichas partes tengan sus propias características, sean identificadas de forma independiente del objeto principal y puedan ser fabricadas y comercializadas de forma individual.