El pasado viernes 1 de junio, en pleno debate de moción de censura que culminó con un cambio de gobierno en España, se publicó en el BOE el proyecto de ley de protección de secretos empresariales, que de nuevo ha pasado desapercibido, aunque está llamado a constituirse en una de las normativas más relevantes para la protección y promoción de la innovación y de los nuevos modelos de negocio, en nuestro País.
La nueva normativa que se estructura en 25 artículos, distribuidos en 5 capítulos, una disposición transitoria y 5 disposiciones finales, busca la mejora de la eficacia en la protección jurídica de los secretos empresariales frente a las apropiaciones indebidas, tanto desde la perspectiva sustantiva como procesal.
Los principios de necesidad y eficacia junto con el proporcionalidad y seguridad jurídica constituyen los criterios de la nueva ley para la transposición, tratando de ser fiel al texto de la directiva, si bien preservando la terminología tradicionalmente empleada en nuestro sistema jurídico (“secretos empresariales” y “titular”) y al mismo tiempo procurando un marco normativo estable, predecible, integrado y claro.
El objetivo de la normativa es garantizar la competitividad de aquellas entidades e instituciones que basen en el secreto empresarial la protección de su componente innovador, así como mejorar las condiciones del desarrollo, explotación y transferencia segura de los mismos.
Desde Clarke Modet & Cº venimos trabajando en ofrecer a nuestros clientes una solución integral para la gestión eficiente de sus secretos empresariales que, contemple todos los pasos, desde la identificación, clasificación, medidas adecuadas de protección, hasta la explotación y defensa.
Nuestra solución se adapta al nivel de riesgo de cada institución o entidad, en unas condiciones económicas muy favorables que permite afrontar el proceso de implantación de una política de secreto empresarial, manera gradual y personalizada, en función del status y necesidades detectadas.
Futuro. ¿Perspectivas o novedades que se esperan en este campo, casuística, para el futuro próximo?
Si bien la fecha límite de transposición de la directiva europea de secreto, estaba prevista para el próximo día 9 de junio, y es evidente por la proximidad de la misma que no podrá ser cumplida, confiamos que a pesar de los cambios en los que nos encontramos inmersos, estos no afecten en demasía a la tramitación de este proyecto de ley y podamos disponer de un nuevo marco legislativo de protección de secretos, dentro de los plazos establecidos para ello.
De todos modos, no faltan voces que sostienen que, aunque el texto de la directiva no se haya traspuesto de manera efectiva a nuestro ordenamiento, la directiva europea a partir del próximo día 9 de junio, podría ser alegada ante los tribunales, en defensa de los secretos de la empresa, lo que cada vez hace más recomendable para las entidades públicas y privadas que, procedan a identificar adecuadamente sus secretos empresariales si desean disfrutar de la seguridad jurídica reforzada que les proporciona la nueva ley.