Soluciones de Antipiratería: conoce las soluciones de defensa y prevención de Propiedad Intelectual e Industrial
08 junio 2021
Artículos
La piratería y falsificación en México tiene un valor de $ 43, 000 millones de pesos anuales, representa el 1.2% del PIB.
Se estima que el 85% de los mexicanos ha consumido un producto pirata, afectando a diferentes sectores principalmente a: bienes de consumo, dentro de ellos productos de lujo, alimentos y bebidas, farmacéutico y plataformas de streaming. En el 2019 el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), hizo diferentes esfuerzos y decomisó 5.08 millones de productos piratas, sin embargo, no ha sido suficiente.
La concepción tradicional de piratería y falsificación está rebasada, los retos de combate se han extendido al ámbito digital usando las plataformas sociales (Youtube, Twitter, Instagram y Facebook) para la diseminación de contenido, aumento de relevancia en las búsquedas y como entornos de consumo de contenido fraudulento.
Existen esfuerzos legislativos nacionales e internacionales y estrategias de gestión de Propiedad Intelectual e Industrial (PI) que se han adaptado a las necesidades actuales, para proteger tus derechos de PI.
¿Conoces los medios de defensa para protegerte de la piratería y falsificación? conoce aquí las soluciones que proponen nuestros expertos:
Código Penal Federal: el 1ro de julio del 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una serie de reformas a la Ley General de Derechos de Autor que incluyen reformas al código penal federal. Estas reformas, responden a la necesidad de ajustar el orden jurídico nacional a las necesidades firmadas en el T-MEC. Por lo que ahora, se ha fortalecido el marco jurídico de protección para los titulares de derechos de autor y derechos conexos, quienes, frente al embate de las tecnologías de información, ven cada vez más complejo el proteger sus derechos en medios digitales, por la facilidad de acceso y violación que la red de internet permite a contenidos protegidos por derechos de autor.
El código penal federal, tipifica como delito la falsificación o la piratería, ya sea física o digital.
Acciones Penales: al detectarse que la mercancía detectada es indudablemente apócrifa, el titular del derecho de Propiedad Industrial puede solicitar (aunado a las acciones administrativas), el ejercicio de la acción penal, donde se buscará la privación de la libertad en contra de la o las personas que incurrieron en delito, así como las multas aplicables. Dicha acción seguirá las disposiciones previstas en la Ley respecto a la configuración del delito, es decir, la persecución de este por querella u oficio.
Nueva Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial: A efecto de combatir, todas las consecuencias económicas de las violaciones a los activos intangibles, es que se publicó esta nueva ley.
Medidas Provisionales y Acciones Administrativas: La LFPPI contempla en sus artículos 344 a 353, las formalidades a considerar con relación a las medidas provisionales. Para efectos de la detención y aseguramiento de mercancías en las diferentes aduanas, estas medidas provisionales son referidas como medidas en frontera.
Nuestros expertos pueden asesorarte contra la piratería y falsificación. Agenda una asesoría sin coste de 45 minutos donde podrás identificar alternativas de prevención y defensa adecuadas a las necesidades de tu empresa escribiéndonos aquí: marketing@clarkemodet.com.mx.
David Heimsatz – Consultor Servicios Jurídicos ClarkeModet México