Ante la retirada de EEUU del Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (TPP por sus siglas en inglés) se han generado expectativas para China y su incursión al tratado
Después de cinco años de trabajo, entre los 12 países originales El TPP fue firmado en 2016, para ser un tratado de libre comercio entre los países de la Cuenca del Pacífico, el cual pretende eliminar barreras comerciales y el establecimiento de un marco común en materia de Propiedad Intelectual.
El capítulo de Propiedad Intelectual abarca Derechos de Autor, Patentes, los conocimientos tradicionales, indicaciones geográfica y Marcas.
Respecto de estas últimas, el TPP impulsaría la innovación, tanto que los signos distintivos, visualmente perceptibles, los sonidos y las marcas olfativas podrán ser registrados. Asimismo, entre las Marcas que se incluyen están las colectivas, de certificación e incluso indicaciones geográficas de las cuales México sólo regula las primeras en su legislación y por lo que hace que recientemente haya publicado un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación para el uso de la Marca “Hecho en México” y diseño.
Por otra parte, para China registrar estos signos como marcas no es algo nuevo, ya que su legislación permite registrar Marcas sonoras desde su última modificación.
Si bien se ha juzgado a China como un país en el cual se llevan a cabo constantes falsificaciones y que éstas abarcan una amplia gama de Marcas de productos y servicios, su presencia en el TPP puede no ser del toda peligrosa, incluso, lejos de esto, podría ayudar a que sea aún más dedicada en la incansable tarea de luchar contra el comercio de mercancías falsificadas y comercio ilegal.
En el TPP se pueden visualizar fuertes estándares proteccionistas en la materia de propiedad intelectual para enfrentar las infracciones y falsificaciones de los registros marcarios. Ante la posible presencia de China no se debe perder de vista que este tratado aplica para todos los países miembros y busca unificar dichos estándares y que las Marcas no sean infringidas ni falsificadas por los países miembros, toda vez que deberán adaptar su legislación interna para incluir al menos lo que este acuerdo dispone y respetarlo, de lo contrario los países que participan en el TPP serán acreedores a las medidas y sanciones apropiadas.
El innovador
No. 22, Pág. 3
Fabián González de la Mora
Columna invitada/TPP y propiedad inteectual: la tarea en registros de marca