La protección de derechos en el territorio de Gibraltar, al igual que en el resto de territorios de Ultramar, no han seguido unas directrices claras ni una armonización legislativa clara en materia de Propiedad intelectual con los estados a los que pertenecen.
Desde el pasado 1 de enero de 2021, con la entrada en vigor en Gibraltar de una revisión de su Ley de Marcas, la situación parece haberse aclarado.
Según las disposiciones de la nueva ley, los derechos de la UE clonados tras el Brexit en Registros del Reino Unido, es decir, los registros directos en la EUIPO y los registros internacionales que designan a la EUIPO, son también válidos en Gibraltar sin necesidad de volver a registrarse localmente.
La nueva ley también reconoce los registros internacionales que designan al Reino Unido como válidos en Gibraltar, sin requerir un nuevo registro local. Esto ha sucedido después de que el Gobierno del Reino Unido ratificara el Protocolo de Madrid en nombre de Gibraltar el pasado octubre. Si bien Gibraltar no puede designarse por separado, una nueva designación del Reino Unido incluirá automáticamente a Gibraltar. La ley también establece que se reconocen todas las designaciones de registros internacionales del Reino Unido, independientemente de cuándo se hayan presentado.
Por otro lado, respecto a las marcas nacionales en Reino Unido que no fueron clonadas de registros de la UE o de registros internacionales designando UE, se deberá presentar una nueva extensión local en Gibraltar para obtener protección, siempre teniendo en cuenta que los derechos de marca en este territorio solo pueden basarse en un registro nacional existente en el Reino Unido.
Nuestro equipo ha diseñado una check-list rápida que te ayudará a comprobar si tus marcas son aún efectivas en Gibraltar.