Hoy se cumplen 20 años de la entrada en vigor de la Decisión 486, régimen común para la protección de la Propiedad Industrial e Intelectual en los países de la CAN, vigente en Colombia, Perú, Ecuador y Bolivia.
Al suscribir en 1969 el Acuerdo de Integración Subregional Andino, Bolivia, Colombia, Ecuador, Chile, Perú y Venezuela se propusieron impulsar su desarrollo de manera conjunta, mediante la integración y la cooperación económica y social. Conforme al artículo primero del acuerdo, se buscaría acelerar el crecimiento de los países miembros, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano.
Así las cosas, se puede considerar que la creación de la Decisión 486 de 2000 representa una búsqueda por el desarrollo económico de las naciones andinas desde las dimensiones tanto formales como regulatorias.
Tras dos décadas de vigencia, queremos aprovechar para referirnos brevemente a los aspectos que ésta introdujo en la normatividad comunitaria sobre propiedad industrial, y hacer una reflexión sobre la necesidad de potencializar su utilidad para los países de la CAN.
Nuestro experto Miguel Rujana, de ClarkeModet Colombia, reflexiona sobre las dos décadas de vigencia del marco común y sobre las oportunidades aún abiertas para reimpulsarlo por parte de los países de la Región Andina en este artículo para Marcasur: